Estimados clientes,
Ante el crecimiento de las consultas recibidas respecto de los seguros de prima única de vida y protecciones de pagos impuestos por las entidades bancarias a la firma de los préstamos hipotecarios, me decido a publicar este artículo.
Son numerosas las Sentencias de las Audiencias Provinciales, incluido Murcia ( Sentencias N.º 485/2020 de 28 de mayo y N. º1139/2022 de 24 de noviembre ) que declaran la nulidad de la imposición de estos seguros y condenan a las entidades de crédito a devolver las cantidades abonadas por tal concepto descontando el porcentaje del tiempo transcurrido.
¿Qué tenemos que tener en cuenta para saber si tengo derecho a reclamar?
1º.-Que la empresa aseguradora sea una del mismo grupo empresarial que el banco prestamista.
2º.-Que el pago sea mediante el aumento del capital del préstamo y sea destinado para tal fin. (exista cláusula o no concreta en la escritura que así lo determine).
3º.-Falta de información y transparencia. Que no me hayan dado alternativas de seguro de pago anual, que no me hayan explicado las repercusiones jurídicas y económicas…etc.
4º.- Que el contrato de seguro, tenga la misma fecha de firma que la hipoteca y que dure lo mismo que ésta.
5º.-En Murcia se tiene en cuenta que hayan o no contraprestaciones, como las bonificaciones por el seguro.
Hay que saber que el banco normalmente es el beneficiario del seguro, y que el pago de las cantidades en las que se amplia la hipoteca para pagar el seguro, van a generar intereses que vamos a terminar pagando.
¿Qué me corresponde?
Pensemos en un seguro de vida de 10.000€ en una hipoteca a 30 años. Nos sale un seguro al año de coste 333`3€/año.
Si firmamos la hipoteca en 2021, el seguro tiene dos años de vida a 333`3€ cada año, hace un total de 666`6€ que descontamos a los 10.000€, NOS TIENEN QUE DEVOLVER 9.333`34€ mas los intereses desde la fecha de la hipoteca.
¿Qué documentación necesito?
Escritura de préstamo hipotecario, justificantes de pago de los seguros y las pólizas.
Espero sea de vuestro interés.
Un cordial saludo.
José Manuel Hernández Benavente.
Socio director de Equi&Lex Abogados.