¿Si tengo un coche de empresa afectado por el cártel de los coches puedo reclamar?
Si, no sólo los consumidores pueden reclamar. El derecho de resarcimiento por le daño provocado contra acciones que dañen la libre competencia, recogido en la Directiva Comunitaria 104/2014 traspuesto a nuestro derecho interno por el RDL 9/2017 le otorga posibilidad de reclamar a cualquier perjudicado sea persona física o jurídica.
Lo único que cambia es la competencia territorial del juzgado, ya que si eres consumidor puedes demandar en tu domicilio art. 52.3 LEC y si eres empresa se demanda en el domicilio del demandado artículo 51.1 de la norma procesal.
Espero que haya servido de ayuda. Consúltenos sin compromiso.