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CARGOS NO AUTORIZADOS EN CUENTA O TARJETA.

Estimados clientes,

Tras las numerosas consultas recibidas estos meses sobre los CARGOS EN CUENTA O TARJETA NO AUTORIZADOS, os dejamos una guía de como actuar en estos casos:

1º.- Si vemos un cargo en cuenta o en tarjeta, no autorizado, en virtud del artículo 43 del RDL 19/2018, lo debemos poner en conocimiento inmediato de la entidad bancaria mediante una reclamación en forma al servicio de atención al cliente de la entidad y adjuntar  la preceptiva denuncia ante la Guardia Civil o Policía Nacional. Pues estaríamos en el ámbito de delitos tecnológicos o Phishing.

2º.- Para la denuncia se debe adjuntar el certificado de titularidad de cuenta y un extracto de los cargos o movimientos de la misma. Si tenemos los contratos de tarjeta o cuenta, también procedería su aportación. (A veces para ello es necesario descargarlos de la aplicación móvil).

3º.-Debéis saber que como consumidores  en virtud de los artículos 147 y 148 del TRLGDCU y de los artículos 43 y 45, la entidad bancaria y suministradora del servicio tiene la obligación de restituiros los cargos de forma inmediata.

En caso de que no resuelvan de forma satisfactoria la reclamación solo nos quedaría acudir al sistema arbitral de consumo si la entidad se encuentra adscrita o a la vía judicial.

Esperamos sea de interés.

En Equi&Lex y Benavente Abogados, somos especialistas en este tipo de reclamaciones judiciales o extrajudiciales.

Contáctenos sin compromiso.

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